La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de la Fiscalía, el exjefe de la Policía Local y el PSOE para intervenir las comunicaciones de la alcaldesa de Alcalá de Henares y otros tres investigados. El tribunal considera la medida desproporcionada y cierra la vía para averiguar cómo llegó la fotografía a Alfonso Serrano.
La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado intervenir las comunicaciones de la alcaldesa de Alcalá de Henares, Judith Piquet, en la causa abierta por la filtración de un informe policial sobre dos denuncias de agresiones sexuales vinculadas a migrantes. El tribunal considera que la medida solicitada resulta desproporcionada respecto a los hechos investigados y afecta al derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press.
La Sala desestima así el recurso de la Fiscalía, al que se adhirieron el exjefe de la Policía Local de Alcalá de Henares (el denunciante) y el PSOE, contra la decisión previa de no autorizar nuevas diligencias. La acusación pretendía acceder a los mensajes y llamadas del teléfono del entonces jefe de la Policía Local, de la alcaldesa, del concejal de Seguridad y del director de Comunicación del Ayuntamiento durante todo el mes de enero de 2024.
El origen de la causa está en la difusión en la red social X de una captura de un informe policial correspondiente a una incidencia del 11 de diciembre de 2023, relativa a una llamada al 092 por lesiones a una mujer. Según el relato del tribunal, los hechos se remontan a enero de 2024 y se investigan como un posible delito de revelación de secretos del artículo 417.1 del Código Penal.
El auto describe la cadena de transmisión que sostiene la acusación: «supuestamente el 17 de enero de 2024 el propio denunciante, entonces Jefe de Policía Local, sería quien revela el secreto o información y a la vez denuncia la filtración de la incidencia supuestamente a la alcaldesa, que tomaría una foto del mismo y esta o bien el director de Comunicación se la enseña al secretario que tomaría también una foto del informe, que fue posteriormente publicado red social X».
La Audiencia subraya que la investigación debe ceñirse a los hechos concretos y no puede extenderse de forma indiscriminada a todas las llamadas y comunicaciones de los teléfonos de los intervinientes. Recuerda que el acceso al contenido de móviles, mensajes, llamadas, fotografías y archivos digitales supone una «restricción grave» del derecho al secreto de las comunicaciones y a la intimidad, por lo que exige autorización judicial motivada y el respeto a los principios de proporcionalidad, especialidad y control judicial.
Fuentes de la defensa de Judith Piquet señalan que, cerrada esta vía, «sigue sin existir una prueba objetiva que acredite cómo llegó la fotografía a Alfonso Serrano ni que individualice la actuación de cada investigado». Añaden que la Audiencia ha impedido a la Fiscalía y a las acusaciones emprender «una investigación prospectiva para tratar de encontrar, a posteriori, pruebas que no han aparecido durante la instrucción».
Cómo llegó la fotografía a Alfonso Serrano ya no tiene ningún cauce procesal dentro de estas diligencias por el que pueda quedar acreditado. No es una simple valoración de la defensa: fueron la Fiscalía y las acusaciones quienes reclamaron estas medidas porque las consideraban necesarias y han perdido definitivamente el recurso
La defensa sostiene que lo único que permanece contra los investigados es la versión del exjefe de la Policía Local, sin prueba técnica, documental o pericial que corrobore la cadena de transmisión desde Piquet hasta Raúl Castillo y desde este hasta Alfonso Serrano. «La única prueba acreditada es que el documento no le fue entregado por la alcaldesa al Sr. Serrano, tal y como se acredita en las declaraciones de ambos», indican las mismas fuentes.
Con la desestimación del recurso, la vía para intervenir las comunicaciones queda definitivamente cerrada y la causa continúa sin que se hayan practicado esas diligencias.

