Tres Cantos aplica desde este jueves el casco obligatorio en patinetes eléctricos

Tres Cantos aplica desde este jueves el casco obligatorio y la edad mínima de 15 años para patinetes eléctricos. La DGT exige también registro nacional y seguro.

Alberto Sanz
Alberto Sanz
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La nueva normativa de la DGT entró en vigor este jueves con casco obligatorio, edad mínima de 15 años y registro nacional de vehículos. El Ayuntamiento de Tres Cantos ha informado a los vecinos a través de la Policía Local.

Los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) deben llevar casco de protección homologado o certificado desde este jueves en Tres Cantos y en el resto de España. La reforma del Reglamento General de Circulación, publicada por la Dirección General de Tráfico (DGT), también fija la edad mínima para conducir estos vehículos en 15 años, según ha informado el Ayuntamiento de la localidad madrileña, tal y como recoge madridactual.es.

El primer teniente de alcalde y concejal de Seguridad, Javier Juárez, ha señalado que las nuevas obligaciones reforzarán la protección de los usuarios de patinetes y permitirán una convivencia más ordenada en el entorno urbano. La concejal de Movilidad, María del Mar Sánchez, ha añadido que "los vehículos de movilidad personal forman ya parte de los desplazamientos cotidianos de muchas personas y es fundamental que su utilización sea compatible con la seguridad de peatones y del resto de usuarios de la vía".

Conocer y respetar las normas es esencial para avanzar hacia una movilidad más segura y responsable", ha afirmado Sánchez.

El Ayuntamiento, en coordinación con la Policía Local, ha informado a los vecinos de las principales novedades. Entre ellas, la obligación de que los conductores de VMP lleven el casco correctamente abrochado. Los menores de 15 años tienen prohibido conducir estos vehículos. Además, entre el ocaso y la salida del sol, o cuando la visibilidad sea reducida, deberán portar al menos un elemento luminoso o reflectante que los haga visibles a una distancia mínima de 150 metros. Durante el día, el alumbrado del propio VMP deberá permanecer encendido.

Quienes utilicen un VMP en el ejercicio de una actividad profesional estarán obligados a llevar chaleco reflectante de alta visibilidad. La Policía Local recuerda que está prohibido circular por aceras y zonas peatonales, así como usar el teléfono móvil o auriculares mientras se conduce. Tampoco pueden transitar por autopistas, autovías, vías interurbanas, travesías o túneles urbanos, salvo las excepciones que contempla la normativa.

Los propietarios de VMP deberán inscribir sus vehículos en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT. El trámite permite obtener un número único de inscripción y el certificado digital correspondiente, ambos necesarios para adquirir la etiqueta identificativa y formalizar el seguro obligatorio. La etiqueta debe colocarse en una parte visible del vehículo. La inscripción puede realizarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT. Cuando el propietario sea menor de edad, el trámite deberá efectuarlo su tutor legal.

Los VMP comercializados desde el 22 de enero de 2024 deben contar con certificación para circular. Los adquiridos antes de esa fecha sin certificación podrán seguir en uso hasta el 22 de enero de 2027, siempre que estén inscritos y asegurados. A partir de esa fecha, solo podrán circular los que cumplan los requisitos técnicos establecidos y dispongan del certificado correspondiente.

La reforma también endurece las exigencias para los conductores de vehículos a motor al adelantar a ciclistas. Los VMP se definen como vehículos de una única plaza, propulsados exclusivamente por motores eléctricos y con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora.

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